lunes, 6 de julio de 2009

KANSEN RYU: ARTE MARCIAL O CIENCIA

K A N S E N R Y U

¡ARTE MARCIAL O CIENCIA!

El desarrollo de las artes marciales en Cuba, ha estado vinculada a la realidad política económica y social del país además, supeditada a la defensa del territorio nacional, sus fronteras y costas aportando una gran utilidad práctica en el mantenimiento del orden social y en la estrategia de defensa de la guerra de todo el pueblo, estrategia trazada en el país, ante la posible agresión y ocupación externa, concepción que ha perdurado por más de 50 años de estado socialista cubano.
Durante 40 años, las acciones terroristas dentro del territorio cubano, las infiltraciones de agentes especiales enemigas, aha requerido de una fuerte preparación de agentes destinado a la protecion del territorio y su fronteras. La vida demostró que cuando se hace referencia a la utilidad práctica de las artes marciales, fuera de las fronteras del gimnasio y su eficacia en situaciones reales de peligro y de alto riesgo, se cuestionan unas a otras la eficacia, por las limitaciones técnicas y mentales que provoca el reglamento deportivo y la ética marcial.
Los combatientes cubanos, principalmente los del Ministerio del Interior, las Unidades Operativas, el Comando Naval, Tropas Guardafronteras, etc entrenaron ademas de otras materias militares, artes marciales como el Judo, Karate, Boxeo y Tae KwonDo, Jiu Jitsu, Karate, además de táctica militar y táctica guerrillera, pero la vida demostró que estos conocimientos eran insuficientes, máxime, cuando la lucha se desarrollaba, con uniforme de camuflaje, botas de campaña y todo el pertrecho y armamento que establece el reglamento militar, restándole movilidad, agilidad y habilidad en el desarrollo y neutralización del enemigo principalmente en las costas cubanas, impidiendo aun en estas condiciones, el éxito de las acciones terroristas enemigas, de ello, se concluyó, que:
Un cinturón negro de cualquier Arte Marcial, no presupone convertirse automáticamente
en un experto de defensa personal. Lamentablemente, muchos de estos combatientes, no pudieron contar sus experiencias en el combate real contra un agente especial infiltrado en las costas, porque quedaron “en segundo lugar”, por eso en Cuba, se dedicó especial atención a la formación de las reservas y canteras, en el campo de la defensa personal.
Por otro lado, las técnicas que utilizaron los campeones cubanos para ganar medallas deportivas, muchas veces, no fueron las mas eficaces y seguras en la pelea de la calle, en condiciones de lucha extrema y alto riesgo, en entorno distintos a los del tatami, donde no había espacio, como por ejemplo, la cola de un cine, dentro de un autocar, dentro de un coche, del autobus, de una cabina telefónica, en un baño público, en un bar de copas, en una escalera, en el medio acuático, en la arena, en los arrecifes, dentro de un avión, en un tren, etc porque las condiciones físicas y psicológicas del entorno son distintas, además del factor sorpresa, de un ataque con arma e intimidación, etc y que existen infinitas formas de ataque, principalmente por delincuentes, que aunque no han estudiado artes marciales en un Dojo, se han graduado de cinturón negro en el “tatami de la vida”.
En la actualidad, que el terrorismo, ha tomado dimensión mundial, muchos países, están perfeccionando los métodos de lucha antiterrorista y dentro de las materias de entrenamiento, han incluido y perfeccionado la defensa personal, adaptándola a los distintos escenarios posibles de concurrencia, prueba de ello, es la guerra de Afganistán: las tropas especiales inglesas, en la toma de las posiciones talibanes en Bora Bora, han tenido en más de una ocasión que ocupar el territorio a través de la “lucha cuerpo a cuerpo” y en el “combate con el cuchillo comando “
Cuba, desde que sufrió la acción terrorista, con la explosión en pleno vuelo del avión de cubana de aviación con 110 personas a bordo y el equipo nacional de esgrima, dedicó mayor atención a la neutralización de este tipo de acto dentro y fuera del territorio nacional y a preparar verdaderos expertos en materia antiterrorista dentro de los vuelos comerciales de cubana de aviación, con oficiales encubiertos y con una alta preparación técnica y psicológica especializada en el entorno estrecho de un avión o de una cabina de mando. Hoy día el papel de Rambo, ha quedado relegado en un segundo plano.
El Sistema Cubano de Defensa Personal KANSEN RYU, no es un arte marcial ni tampoco es un deporte de combate; es simplemente una moderna metodología basada en el principio de la “Creatividad” y significa “Escuela del desarrollo continuo", orientada exclusivamente a la defensa personal integral, incluso en condiciones de peligro y alto riesgo.
En Cuba, hace muchos años, que se eliminó, la frase, “cada maestrillo tiene su librillo” también se eliminó el particular enfoque de cada maestro, y los “trucos” y “mañas” que adornaban la defensa personal, convirtiéndola en un sistema científico como cualquier otro Arte Marcial; sus principios y metodología, así lo demuestran.
El Sistema Kansen Ryu, no es un arte marcial, ni una ciencia, es un sistema enfocado pedagógica-mente a la enseñanza de la defensa personal moderna, en las cinco situaciones sociales: situación normal, situación de alerta, situación de peligro, situación de emergencia y situación de alto riesgo; su basamento científico pedagógico se apoya en el elemento “creatividad”, sustentada en una correlación dialéctica de causa y efecto. A partir de este concepto, se desarrolla una matriz, orientada en los ocho caminos del “Do” que permite desarrollar entrenamientos específicos para cada segmento en un corto período de tiempo, facilitando la “especialización” del combatiente y la adaptación de las técnicas a su morfologia natural y artificial.
El sistema Kansen Ryu, surgió en Cuba, en 1982, como sistema pedagógico; resultado del aporte de un grupo de destacados maestros de distintas artes marciales, con muchos años de experien-cia en el “trabajo operativo” los que coincidieron en la necesidad de unificar los métodos existentes de defensa personal sobre la experiencia acumulada en los éxitos y en los fracasos.
La concepción anterior de: Intentar vestir a varias personas de distintos tamaños y tallas , con la misma medida de camisa y pantalón, es equivalente a utilizar la misma técnica para todos los ataques por igual y en todas las situaciones por igual.
Esta concepción, fue sustituida, por la concepción:
Las técnicas tienen que ser adaptadas a cada persona, como lo es la ropa, los zapatos, que tienen determinadas tallas, con independencia del estilo del corte y entrenar a los combatientes en “entornos” y “ambientes” diferentes, similares a los que se encontrarán en la vida real ó en el momento de cumplir las acciones combativas.
En otras palabras, adaptar la técnica a la morfología como el agua se adapta a la forma de cada recipiente y sin embargo no pierde su esencia ni propiedades. Así es la técnica del kansen ryu.
El sistema cubano de defensa personal KANSEN RYU, se basa en el estudio y dominio de los principios, de los fundamentos básicos y de las técnicas rectoras; a partir de ello, el alumno es capaz de crear sus propias combinaciones defensivas, ya que es imposible aprender las respuestas a las infinitas formas en que puede presentarse una agresión, por lo que a cada binomio: ataque/biotipo, se le debe adecuar la correcta técnica de defensa personal y no intentar aplicar una sola técnica a todos los tipos de ataques que se realicen.
En definitiva, es la misma concepción del “ajedrez”, aprendemos el movimiento de las piezas (técnicas rectoras), algunas combinaciones (Kihones) ejercicios físicos y sicológicos de desarrollo de habilidad (Futokoro) , endurecimiento (Tamashiwara), etc y el alumno debe ser capaz de “crear” sus propias combinaciones en base a la concepción siguiente:
APLICAR LA TÉCNICA ADECUADA, AL ATAQUE ADECUADO
APLICAR LA TÉCNICA ADECUADA, EN EL MOMENTO ADECUADO
APLICAR LA TÉCNICA ADECUADA, EN EL LUGAR ADECUADO
APLICAR LA TÉCNICA ADECUADA, CON LA PRECISION ADECUADA
APLICAR LA TÉCNICA ADECUADA, CON LA FLUIDEZ ADECUADA
APLICAR LA TÉCNICA ADECUADA, CON LA CONCENTRACIÓN ADECUADA
APLICAR LA TECNICA ADECUADA, CON LA RACIONALIDAD ADECUADA
APLICAR LA TECNICA ADECUADA EN LA PROPORCION ADECUADA

PRINCIPIOS TECNICOS DEL SISTEMA CUBANO DE DEFENSA PERSONAL KANSEN RYU (Escuela del perfeccionamiento y desarrollo continuo)

KOSAI: Consiste en la “capacidad” de ceder, es decir, de la “flexibilidad”, de la “capacidad de adaptación” de la necesaria “fusión” de dos cuerpos en el mismo sentido de la “acción” de la fuerza del ataque, a no ofrecer resistencia en el sentido contrario, a “absorber” la energía del contrario. Es el principio de mantenerse de frente al agresor pero nunca de frente a su ataque. De aplicar la técnica defensiva correspondiente en el mismo sentido del ataque.

TAHIEN JUTSU: Este principio consiste en la utilización plena y eficaz de los “movimientos naturales del cuerpo” de una forma fluida y continua.
A través del principio del Tahien Jutsu, el artista marcial, se revela a través de sus gestos y movimientos corporales, Es el estudio de la comunicación no verbal aplicada a las artes marciales, sus intenciones, su estado anímico, su autocontrol y confianza además de otras características estudio del significado de las posturas, de la colocación de las piernas, del cuerpo, de los brazos, de la mirada, de la respiración, etc

RENRAKU WAZA: Este principio, presupone el trabajo “concatenado”, es decir a través de un conjunto de técnicas encadenadas con características afines, aunque por su naturaleza, correspondan a técnicas rectoras de distintas especialidades, ramas o campos de las artes marciales. Este principio es aplicable en Sotai renshu

FLUIDO CONTINUO: Consiste en ejecutar la defensa personal a través de movimientos “fluidos y continuos” como las olas del mar, con combinaciones que abarquen las distintas fases de la defensa personal. Es uno de los aportes del Aiki Do, en el fundamento metodológico del sistema Kansen ryu. También conocido como Renzoku waza.

MEGURI TAI: Es el principio que trata de la necesaria “sincronización” con el Tai zabaki y los desplazamientos del atacante, basado en el principio del Tenkan del aiki do en su aspecto funcional y los Tai zabakis del Judo y Jiu Jitsu en su forma operativa.

INPO JUTSU: Principio que se basa en evitar los “movimientos innecesarios” durante la ejecución de la defensa. Es tratar de evitar el derroche de fuerzas y energías innecesariamente. Es utilizar el real equilibrio entre fuerza y técnica.

HAPPO ZABAKI: Este principio trata de la ejecución de esquivas y bloqueos junto y simultáneamente al Tai zabaki, en las ocho sentidos del “Do” y en la
4ª dimensión del sistema de defensa personal Kansen Ryu, denominada Sanku Goroshi.
Es muy útil pedagógicamente en la defensa personal operativa, aplicándose a través de la matriz de dimensión PESO-TAMAÑO.
Un combatiente, un agente especial, entrena toda la vida de manera continua y profesional diversas materias militares, entre ellas la defensa personal, por lo que no puede dedicarle todo el tiempo al estudio de las artes marciales. La matriz Peso-Tamaño, es una herramienta que facilita el entrenamiento específico para un tipo de segmento determinado.
El fundamento metodológico del sistema cubano de defensa personal KANSEN RYU, está debidamente protegido por la Ley de Derecho de Autor, de la República de Cuba, CENCA. Nº. 05283 Cons. 214. y por el Registro Nacional de la Propiedad Intelectual del Ministerio de Educación y Cultura de España, con el RPI. M-82920 Nº. 00/2000/28/1150 del 20/10/00 de acuerdo al Real decreto Legislativo 1/96 BOE: 22/IV/96 de la Ley de la Propiedad Intelectual.
Es promovida por la Asociación Cultural Internacional de Artes Marciales y Defensa Personal KANSEN RYU, reconocida por el Ministerio del Interior, registrada en la Sección Técnica de la Dirección General de Asociaciones con el rgtro. Nº. 166684, ante Registro Notarial el 10/11/99. Colegio Ilustre de Madrid el 16/11/99, Ministerio de Relaciones Exteriores de España, el 17/11/99, consulado General de Cuba en España, el 29/11/99, cumpliendo con los artículos 30 y 31 del arancel consular y el artículo 98 del reglamento de ley de las notarias estatales, el 24/11/99.

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